En la primera sesión del año 2018, celebrada el pasado viernes 16 de marzo, en Comodoro Rivadavia, el Honorable Consejo Superior de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, trató la grave problemática respecto al Sistema de Transporte Educativo Gratuito (TEG) y la reestructuración que se impuso desde el Gobierno Provincial.
Mediante RCS N° 001/2018, con fecha 20 de marzo de 2018, el Consejo Superior de la UNPSJB, repudia todas las acciones gubernamentales y empresariales que tengan por finalidad disminuir el alcance del beneficio otorgado por el Transporte Educativo Gratuito (TEG - Ley Nº 114, y del Decreto 651/2014); y se manifestó a favor de la continuidad y efectividad de la ley del sistema TEG en la provincia de Chubut.
Entre los Considerando de dicha Resolución, se señala que el Estado Provincial está violando la ley que garantiza el transporte gratuito para estudiantes y trabajadores/as de la educación en todos los niveles y que atenta contra el acceso a la Educación Pública. Que tanto el Consejo Superior y como anteriormente el Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales, se han posicionado a favor del sistema y de las diversas manifestaciones y medidas que reclamaban su eficiente aplicación y continuidad.
La reestructuración del Sistema TEG, además, es deficiente a nivel informático, entorpeciendo tanto la inscripción al nuevo sistema como la generación de constancia alguna. Que es menester de esta universidad manifestarse en contra de cualquier medida que vaya en detrimento de una educación pública gratuita y de calidad.
En su parte resolutiva, que consta de nueve artículos, el Honorable Consejo Superior de la UNPSJB, expresa lo siguiente:
Art. 1º Repudiar todas las acciones gubernamentales y empresariales que tengan por finalidad disminuir el alcance del beneficio otorgado por el Transporte Educativo Gratuito - TEG.
Art. 2º Manifestarse a favor de la continuidad y efectividad de la ley del sistema TEG en la provincia de Chubut.
Art. 3º Adherir institucionalmente a todos los reclamos que busquen su continuidad y/o mejoramiento.
Art. 4º Exhortar a las Unidades Académicas, que no lo hayan hecho, a que se posicionen sobre el asunto.
Art. 5º Establecer que, bajo ningún concepto, es exigible otro requisito para acceso al beneficio que el de regularidad
Art 6º Encomendar al Sr. Rector la apertura de una mesa de diálogo con el área del gobierno provincial que corresponda, para eliminar los requisitos impuestos a los/as estudiantes universitarios/as, con el fin de resolver el conflicto a la brevedad debido a la urgencia del comienzo del ciclo lectivo.
Art 7º Incorporar en forma expresa en el beneficio del TEG, a los alumnos y personal de la Universidad Nacional de la Patagonia
Art 8º Encomendar a las Unidades Académicas a instrumentar alternativas de recuperación de contenidos, considerando las ausencias que podrían producirse por la falta de financiamiento del TEG, y a considerar justificadas las inasistencias mencionadas, sin que las mismas puedan afectar promociones y cursadas.
Art 9º Regístrense, cúrsense las comunicaciones que correspondan y cumplido archívese.