Para proceder a realizar la ejecución de los fondos se deberá tener en cuenta las disposiciones y circulares vigentes.
A su vez, se debe tener en cuenta que a partir del 1º de agosto del 2023 quedará en desuso: Adelanto a proveedor .
Se recomienda gestionar autorización previa en donde se deberá cumplimentar con la presentación de tres presupuestos que avalen la selección del proveedor respectivo con el criterio del precio más bajo y, al momento de generar el proyecto de resolución y trámite de pago a proveedor, incorporar la correspondiente factura.