El órgano máximo de gobierno de la Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco, se reunirá el miércoles 25 de agosto de 2021, a las 14 horas, con modalidad virtual.
De acuerdo a la resolución de convocatoria se tratarán dos puntos: El primero de los temas será el Reglamento de Funcionamiento de la Asamblea Universitaria con modalidad virtual y el segundo tema será la Prórroga de mandatos por emergencia sanitaria. En este segundo punto, en virtud del calendario electoral definido por el Consejo Superior según Resolucion CS 30/2021, se encomendó al rector a realizar el presente llamado para poner a consideración la prórroga de los mandatos de las actuales autoridades hasta la efectiva asunción de las autoridades que resulten electas dentro del presente año 2021.
La misma será transmitida por el canal de Youtube de Unimedia y podrá ser vista a través del siguiente link: https://youtu.be/oWUL_vbJ8EA
¿QUÉ ES LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA?
La Asamblea Universitaria es el órgano supremo de la Universidad. Se integra con todos los miembros consejeros de los Consejos Directivos de las Facultades y el Rector de la Universidad. Se reúne convocada por el Rector, por la mayoría absoluta del Consejo Superior o a pedido de por lo menos un cuarto de los miembros que la integran.
Las funciones de la Asamblea Universitaria son las establecidas en el Art. 68º del ESTATUTO de la Universidad:
a) Modificar el Estatuto Universitario, en reunión convocada especialmente, cuya citación indicará expresamente los puntos a tratar. Toda modificación requerirá para su validez el voto de los dos tercios de los presentes, número que en ningún caso podrá ser inferior a la mitad del total de integrantes de la Asamblea.
b) Suspender o separar al Rector y/o Vicerrector o cualquiera de sus miembros, por causas enumeradas en el Art. 79°, con el voto de por lo menos los dos tercios de los miembros que integran la Asamblea.
c) Decidir sobre la creación, supresión o división de Sedes, Facultades y otros establecimientos educacionales.
d) Considerar con carácter extraordinario los asuntos que le sean sometidos y que interesen al funcionamiento de la Universidad o al cumplimiento de sus fines.
e) Dictar su propio reglamento.
f) Decidir sobre la renuncia del Rector y Vicerrector.
g) Ejercer todo acto de jurisdicción superior no previsto en estos Estatutos.
FUNCIONES ELECTORALES
La Asamblea Universitaria actúa como Órgano Electoral para la elección de Rector y Vicerrector de nuestra Universidad. Estas funciones están reglamentadas en el Capítulo V del Estatuto universitario. Las funciones que deben ejercer los asambleístas son obligatorias y sólo excusables por causa grave a juicio de la Asamblea. En caso de enfermedad o impedimento transitorio, pondrán en conocimiento del Sr. Rector dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de su efectiva notificación, a efectos de la citación del asambleísta suplente.
La Asamblea será pública, salvo el caso en que el Cuerpo expresamente decida sesionar en forma privada o secreta, con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes en la Asamblea.
Sólo los asambleístas tendrán voz y voto en la Asamblea, pudiendo tener únicamente voz el Secretario de Cuerpo para pedir aclaración de las mociones.
La Asamblea, con el voto favorable de dos tercios de los miembros presentes, aceptará la propuesta fundada de cualquiera de sus miembros para que persona ajena a la misma tenga voz en un tema determinado. Las funciones de los asambleístas caducarán el último día hábil de su mandato efectivo.
La Secretaría de la Asamblea Universitaria será ejercida de acuerdo a lo establecido en el Artículo 49° del Estatuto de la Universidad o, en su defecto, por la Secretaria Técnica del Consejo Superior. Los avisos de sesión ordinaria deben ser enviados a cada uno de los miembros por lo menos con quince (15) días hábiles de anticipación.
Cabe señalar que en la sesión del miércoles 11 de octubre de 2017, la Asamblea Universitaria, en ejercicio democrático, eligió para el cargo de Rector, al doctor Carlos De Marziani, y para el cargo de Vicerrectora a la doctora Mónica Freile.