
La Catedra Libre y Abierta de Derechos Humanos, quiere acercar un Pronunciamiento, acerca del reciente anuncio, del Decreto Nº 383, dado aconocer en el boletín oficial de la República Argentina, Policía Federal Argentina.
El mismo contiene tres puntos, en los cuales habilita a las Fuerza de Seguridad, Policía Federal a intervenir en la población, sin orden judicial, tanto en las redes sociales, manifestaciones, o al que considere sospechoso, en los tres enunciados, como mencionáramos, con anterioridad podrán detener sin control judicial alguno.
Ante el mismo señalamos, que, en este decreto, dictado por el Estado Nacional, se sella una verdadera, ruptura jurídica, esto es en la forma de pensar e intervenir en el tema de la Seguridad Ciudadana.
Toda vez que, hasta la sanción del presente decreto, imperaba elparadigma, de la” seguridad basada en el respeto, de las mínimas seguridades jurídicas”. Este pensamiento se traducía hacia las Fuerzas de Seguridad, en el debido control de estos derechos esenciales básico por parte del Sistema Judicial.
Y en donde el objetivo de las mismas, de carácter civil, era la de proteger a las personas y bienes tanto particulares, o funcionarios o empleado.
Con la irrupción del, Decreto Nº 383, se redefine a la Policía federal, como una fuerza exclusiva y excluyente en la ”Protección de la Seguridad Nacional”, en esta idea impera el concepto de represión ante cualquier malestar por parte del Gobierno.
Así las Fuerzas de Seguridad, no van a necesitar una orden por parte, del juez para por ejemplo detener y requisar a las personas, o a través del ciber patrullaje, realizar tareas de inteligencias, que por otro lado se encuentran prohibidas por la Ley Nacional Nº25.542.
En donde señala en el Articulo 4 “Ningún organismo podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, cumplir por si funciones policiales ni de investigación criminal, salvo ante requerimiento especifico realizado por autoridad judicial competente”.
Lo mencionado ya se está traduciendo en operativos, en diferentes puntos del país, donde se están produciendo manifestaciones, se realizan requisas, en los micros, en donde se los hacen bajar, y revisar los equipajes de los mismos.
Asimismo, vemos con alta preocupación, que la misma resolución, se habilita a las Fuerzas de Seguridad la exhibición ostensible del arma cuando crea lo considere necesarias, esta actitud que ya eran cuestionadas, a causa de la doctrina chocobar, también eran denunciadas por la Catedra y los Organismo de Derechos Humanos.
A esto se le suma como última medida, la habilitación de las armas semiautomática, a la población, con las consecuencias negativas que ello según, los informes de Organismos de DDHH acarrearía.
Por lo expuesto Rechazamos en todos y cada uno de los puntos contenido, en el presente Decreto N º 383 analizada, en párrafos anteriores Consideramos que la presente reforma, no es más ni menos, que una verdadera “demagogia punitivista”, cuyos costos serán las grandes y graves violaciones a los derechos humanos de la población en general.
“La Seguridad nunca ha venido de los patrulleros, y si del respeto a los Derechos Humanos, por parte de los Estados”.
Invitamos a las Organizaciones Sociales a adherir y difundir el presente documento.
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