
El Ciberbullying es el acoso virtual que se da entre pares y que puede incluir burlas, insultos, entre otras formas de humillación u hostigamiento, a través de comentarios ofensivos, fotos, memes o textos. Se da a través de Internet y se prolonga en el tiempo. Esta manifestación de la violencia psicológica vía redes sociales puede escalar con facilidad alentada por el supuesto anonimato en la que se produce. Los daños en quien lo atraviesa pueden ir desde la angustia al suicidio.
La Ley N° 26.388 de Delitos Informáticos refiere a los delitos de distribución y tenencia de pornografía infantil por cualquier medio (artículo 128); interceptar comunicaciones y sistemas informáticos (artículo 153); el acceso no autorizado a un sistema informático (artículo 153 bis); la publicación de correspondencia o comunicaciones electrónicas privadas (artículo 155); y el acceso a bancos de datos personales (artículo 157 bis), entre otros.
Oficina de géneros y diversidades
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