La Ley I N° 547 sancionada por la Legislatura de la Provincia del Chubut a principios del año 2015 instituye el 3 de noviembre de cada año como “feriado no laborable en la Provincia del Chubut en conmemoración del día en que las tribus Tehuelches y Mapuches, le juraron fidelidad y lealtad a orillas del Arroyo Genoa a la bandera argentina”.
Este hecho, que pareciera ser reivindicativo en su forma, representa un grave retroceso en términos de reconocimientos de derechos de los pueblos indígenas de Chubut.
Adidas footwear | jordan Release DatesRevela un desconocimiento histórico y una reafirmación de un paradigma integracionista que va a contramano de los derechos constitucionales, los tratados internacionales que amparan a los pueblos indígenas y fundamentalmente con las demandas de derechos territoriales y reconocimientos que los propios pueblos están planteando. Desde el espacio de la Cátedra Libre de Pueblos Originarios de la Universidad Nacional de la Patagonia proponemos algunos puntos de reflexión sobre el tema.
¿Ignorancia histórica o intencionalidad ideológica?
En principio es necesario plantear que luego del intento de exterminio de la población indígena mediante la campaña militar en 1879, el Estado Argentino ensayo diversos modos de vinculación, todos ellos tendientes a la homogeneización e incorporación de la población sobreviviente a un modelo de Estado.
Es así que, con el reparto de tierras posterior a la conquista, muchos indígenas pasaron de vivir libre en su territorio, a ser desalojados o reciclados en peones de los nuevos estancieros y particulares quienes, maniobras fraudulentas de por medio en muchos casos, se apropiaron de grande extensiones territoriales.
El feriado sancionado por la Legislatura del Chubut, reivindica un hecho que se inscribe en un paradigma integracionista y que resalta la “argentinidad” por sobre la identidad cultural, hecho que recuerda una conocida canción en donde se habla del cacique Yatel “que ha nacido Tehuelche y antes que nada Argentino”. En este sentido, el integracionismo solo reconoce a las comunidades indígenas de manera formal, pero tal declaración no se traduce en hechos concretos. De igual forma, resulta no menos llamativa la aparición de un feriado conmemorando el “día en que las tribus Tehuelches y Mapuches, le juraron fidelidad y lealtad a la bandera argentina”, en un contexto en el cual las comunidades Mapuche-Tehuelche de la Provincia del Chubut se encuentran realizando diversos reclamos territoriales y de derechos sistemáticamente violados por los sucesivos gobiernos.
La re emergencia de un discurso racista que se escuda en el patriotismo y en un pseudo nacionalismo, pareciera encontrar en este instrumento legislativo un aliado para reafirmar la homogeneización cultural e identitaria que, primero por la fuerza y luego mediante diversos dispositivos institucionalizados, pretende borrar todo rastro y reivindicación indígena.
Nacionalidad de los Pueblos Originarios.
La Constitución de la Nación Argentina, desde el año 1994 reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios (Art. 75, inc. 17). Sin embargo, se sigue insistiendo en la pretensión de otorgar nacionalidad a pueblos que habitan estos territorios miles de años antes de la conformación de los Estados Nación.
La idea del Mapuche chileno y el Tehuelche argentino es una falacia que, desde los inicios de su utilización, tuvo una manifiesta intención racista, segregacionista y que va en contra de la voluntad de las más de cien comunidades indígenas de Chubut, de las cuales, más del 90 % se considera del Pueblo Mapuche-Tehuelche, en función de reconocer componentes de ambos pueblos en sus trayectorias familiares entre otros aspectos históricos, sociales y políticos.
Continuar insistiendo en tal argumento, contribuye a mantener un discurso racista a la vez de menospreciar el principio fundamental de los miembros de pueblos indígenas a la autodefinición, consagrado en el Convenio Nº 169 de la OIT.
La consabida tesis sobre la Araucanización de las Pampas es una herramienta retórica
que, a pesar de su tendenciosa elaboración y paupérrima argumentación, ha tenido cabida y se refuerza porfiadamente entre quienes buscan crear un enemigo interno en los pueblos indígenas que hoy reclaman derechos territoriales.
De igual modo, esta orientación ideológica, tuvo profundos efectos en la representación e imaginario social y tuvo como aliados indiscutibles y vehículo propagandístico a la escuela y a los medios de comunicación. En función de lo cual, se llama a esta institución a realizar una profunda reflexión epistemológica para promover prácticas descolonizadoras en las generaciones futuras y a los medios de comunicación y periodistas a honrar esa noble profesión y no contribuir a la manipulación de la información con el perverso fin de confundir a la población.
La construcción de los relatos
¿Quién escribió la historia de Patagonia?; ¿Cuáles hechos son verídicos y cuáles
ficticios?; ¿Qué intencionalidad guiaba a los autores? Son algunas preguntas que surgen cuando la historia de los pueblos indígenas fue escrita por quienes idearon y participaron de su intento de exterminio. ¿Existió tal juramento a la bandera argentina?, ¿Qué implicancia tuvo y bajo qué condiciones se dio, suponiendo que tal acto haya existido?, teniendo en cuenta que diez años después se desataría la masacre por parte del General Roca. Creemos que es necesario reflexionar sobre los hechos históricos, pues configuran y orientan acciones del presente, no solo como meras efemérides, sino como como consolidaciones históricas.
Los registros históricos que hay sobre nuestro territorio en su mayoría fueron realizados por exploradores, viajeros, colonos, militares y religiosos. C. Darwin, Francisco P. Moreno, G. Musters, A. De Agostini, J.A. Roca, A. Barros, entre otros, fueron quienes describieron desde sus propias visiones, intereses e ignorancia a nuestros antepasados y luego dichos relatos se convirtieron en verdad histórica irrefutable por el solo hecho de estar escrito.
Frente a eso, el relato oral de nuestros ancianos quedó totalmente relegado e invisibilizado. Actualmente aún existen sectores que niegan el intento de genocidio de nuestra gente con un total desconocimiento del pasado y actualidad de las poblaciones originarias que habitamos en estos territorios.
La reproducción, consciente o no de una historia oficial sobre la constitución del Estado Argentino en estos territorios, forma parte de un debate necesario y urgente que como sociedad es necesario realizar, el reconocimiento de la verdad histórica no puede esperar. No se puede continuar negando e invisibilizando a las comunidades indígenas y sus demandas.
Lo simbólico como forma de construcción de realidad
Las significaciones simbólicas son sutiles pero poderosas herramientas de producción y reproducción de la realidad social. Los hechos vinculados a la conquista de los territorios indígenas que la historia oficial resalta, son los que están grabados en las representaciones que las personas tienen de los pueblos indígenas en la Patagonia.
El Decreto presidencial N° 1584 del año 2010 que cambia la denominación del feriado del 12 de octubre que anteriormente se denominaba “Día de la raza” por el “Día de respeto a la diversidad cultural” significó un avance en materia de revisión de conceptos tan controversiales y obsoletos como el de raza. Este feriado del 3 de noviembre va a contramano del decreto anteriormente mencionado, mientras que la diversidad amplia, reconoce y abre nuevas perspectivas, la homogeneización coarta, cercena y limita.
La visión sesgada de la historia construye relatos limitados que favorecen la estrechez mental que, sumando los ingredientes de la discriminación, racismo y xenofobia, constituyen un coctel que es auto destructivo para una sociedad que pretende avanzar.
Marco Normativo de Protección de Derechos.
En línea con lo anteriormente expuesto, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T) establece que el criterio fundamental para el reconocimiento como indígenas es la autodefinición o el autoreconocimiento. En tal sentido, quienes fijan las pautas de identidad, son los propios pueblos indígenas en uso de su libre determinación.
Asimismo, establece que debe existir una consulta libre, previa e informada antes de desarrollar proyectos e iniciativas relativo a los intereses que afecten a los pueblos indígenas. En este sentido, entendemos que sancionar una ley con semejante contenido simbólico, debería haber contado con la consulta libre, previa e informada que establece la normativa antes mencionada. Caso contrario, se continúa actuando bajo una mirada paternalista con pretensiones asimilacionistas que no garantizan los derechos que el mismo Estado se ha comprometido a respetar adhiriendo a los tratados y convenios internacionales y leyes específicas sobre el tema.
Informarse para descolonizarse
Finalmente, hacemos un llamado a asumir un compromiso activo frente a la situación de los pueblos indígenas, de su sistemática violación y desconocimiento de derechos. Este compromiso debe estar guiado por información fiable y con la participación de los propios actores, que tienen sobradas condiciones para participar y opinar en todo lo referido a sus asuntos.
Asimismo recomendamos revisar el marco normativo de protección de derechos tales como el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre derechos
de los Pueblos Indígenas y demás tratados contemplados en el art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, así como el art. 34 de la constitución de la Provincia del Chubut.
A quienes tienen responsabilidades políticas en los lugares de tomas de decisión es fundamental que adopten una actitud de escucha activa frente a las demandas que se plantean desde las comunidades.
Que se promueva un reconocimiento de la verdad histórica de lo sucedido en estos territorios para avanzar en una relación seria, nos hay diálogo intercultural posible si el Estado no reconoce la responsabilidad histórica de su “proyecto civilizador” y asume una actitud de reparación y reconciliación real con los pueblos indígenas.
Existe un abundante plexo normativo que ampara a los pueblos indígenas que es necesario que sea conocido y puesto en práctica por las autoridades judiciales. Y quienes tienen la responsabilidad de legislar lo hagan de acuerdo, no a intereses particulares o sectarios, sino en función del respeto, la escucha y el consentimiento de las comunidades indígenas.
Es hora de una relación de equidad y no de paternalismo estatal, reclamamos un dialogo serio y con interlocutores válidos con disposición al entendimiento y capacidad en la toma de decisiones.
Lamentablemente hasta el momento, el Estado solo ha dado muestras de imposiciones, paternalismo, subestimación de nuestras capacidades y un menosprecio por nuestro pueblo mediante una persecución política, la criminalización judicial y condena social a quienes denuncian las injusticias históricas y el sometimiento a la pobreza y marginalidad de nuestra gente como lo ha hecho el Lonko Facundo Jones Huala que lleva más de tres meses preso en la ciudad de Esquel.
Nuestro pueblo Mapuche-Tehuelche demanda acciones concretas y no simples declaraciones de deseos. El término “reparación histórica” ha sido tan banalizado que ya carece de sentido. Un subsidio, un fardo de pasto, unos cuantos metros de leña o la declaración de un feriado provincial no son más que parches, pequeñas migajas que caen de la mesa de un festín que celebran quienes se apoderaron de nuestros territorios.